La entidad que realiza las funciones de órgano de gobierno o administración local de un municipio es el Ayuntamiento, organismo que aparece definido en el título VIII de la Constitución Española de 1978, dentro del concepto de Administración Local, (regulada por la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local).
Las asociaciones empresariales durante estos últimos años han experimentado un fuerte auge. Su opinión tiene que tenerse en cuenta ya que son quienes mejor conocen los asuntos y la problemática que empresarios y trabajadores demandan.
Se hace necesario, por tanto, mantener una relación fluida con los ayuntamientos, colaborando y participando con ellos en la dinamización y modernización de los sectores presentes en las asociaciones, y en las mesas sectoriales que puedan llegar a crearse. Y mantener canales fluidos de comunicación y diálogo con la administración. La creación y la conservación de estas vías benefician a ambos polos, por lo que no sólo deberán propiciarse en la dirección de los empresarios a la administración, sino que también en sentido opuesto.