En la actualidad, es fundamental saber cuál es la situación en la que te encuentras y sobre todo conocer cuáles son tus derechos y tus deberes, en especial cuando eres un trabajador autónomo.
El trabajador autónomo es aquel que realiza una actividad laboral a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa. El autónomo no tiene sujeción a contrato de trabajo, aunque utilice el servicio remunerado de otras personas. Cabe indicar que la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del Trabajo Autónomo constituye el reconocimiento, por vez primera, una apuesta en el por dotar a este colectivo de una norma-marco de referencia, de unos derechos colectivos del trabajador autónomo económicamente dependiente y de un verdadero programa por desarrollar.
Se presupone la condición de trabajador autónomo si se ostenta la titularidad de un establecimiento abierto al público como propietario, usufructuario, arrendatario u otros conceptos análogos.
De este modo, pueden ser empresarios individuales:
Las personas mayores de edad que tengan la libre disposición de sus bienes.
Los menores de edad emancipados, con las limitaciones que establece el artículo 323 del código civil.
Los menores de edad y los incapacitados, a través de sus representantes legales
La responsabilidad del autónomo es ilimitada, respondiendo de la actividad del negocio con sus bienes presentes y futuros, de manera que no hay, actualmente, separación entre el patrimonio personal y el de la empresa.